SERVICIOS HOGAR

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S.O.S PARTICULARES

Ofrece un servicio de asesoramiento personalizado a efectos de determinar cuales son las necesidades reales del cliente y la mejor manera de dar solución a las mismas.

Nos mueve la inquietud de hacer del servicio doméstico una profesión. Actualmente y mediante el esfuerzo diario y nuestra constancia hemos conseguido hacernos con la mejor plantilla de profesionales del sector

Nuestro servicio se basa en:

1 Entrevista con el cliente (presencial o telefónica) para definir el perfil de la persona que necesita y el tipo de servicio recomendado para sus necesidades

2 Proceso específico de selección del personal en base al perfil definido por usted. Seleccionamos solo a personal que ofrezca la suficiente confianza y experiencia para el puesto

3 Seguimiento: Realizamos un seguimiento de cada uno de los puestos cubiertos. Si usted no está satisfecho le sustituimos la persona asignada en el menor tiempo posible

4 Usted no tiene que realizar ninguna tarea burocrática; sólo recibe el servicio. Somos nosotros quienes realizamos todos los trámites de contratos, nóminas, seguridad social, etc

PREGUNTAS FRECUENTES

¿Debe facilitarse al trabajador un recibo de salario?

• Sí, mediante la entrega al trabajador de un recibo individual y justificativo del pago, en la forma que las partes acuerden, sin necesidad de ajustarse a un modelo determinado.

¿Cómo pueden disfrutarse las vacaciones anuales?
  • Los 30 días naturales de vacaciones anuales pueden fraccionarse en dos o más periodos, si bien al menos uno de ellos tendrá una duración mínima de 15 días consecutivos.
  • Se fijarán de común acuerdo y, en defecto de pacto, quince días se fijarán por el empleador y el resto por el empleado, debiendo comunicar las fechas a la otra parte con una antelación mínima de dos meses con anterioridad al inicio de su disfrute.
¿Puede utilizar el empleador los servicios de una agencia privada de colocación para contratar a un empleado de hogar?

• Sí que puede. Ahora bien, debe tratarse de una agencia de colocación autorizada. En este caso la agencia privada de colocación debidamente autorizada actúa solo como intermediaria y la relación laboral se establece entre el empleador y el empleado de hogar, con sujeción a la normativa de la relación laboral especial del servicio del hogar familiar.

¿Cómo puede saberse que la agencia privada de colocación está autorizada?

• La agencia debe hacer constar, en el desarrollo de las actividades que como tal realice, la condición de autorizada y número de autorización en todo lugar donde figure su nombre.

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